Jueves, 4 de Abril del 2019


En la entrada de hoy nos centramos en las  causas que pueden desencadenar una EXCEDENCIA del contrato de trabajo. Estas son:

  ➤ Por causa forzosa (cargo publico representativo): conlleva reserva del puesto de trabajo y computo de antigüedad durante el tiempo de excedencia.


  ➤ Por causa voluntaria (privada): no se reserva el puesto de trabajo, no computa antigüedad y tiene derecho preferente de reingreso en las posibles vacantes de la empresa.
  ➤ Por cuidado de hijos o familiares: durante el primer año hay reserva del puesto de trabajo (transcurrido el año finaliza el tiempo de reserva) y computa el tiempo de excedencia como antigüedad en la empresa.



Por otro lado los efectos de la EXTINCIÓN del contrato de trabajo serán:



  ➽ Perdida del puesto de trabajo.
  ➽ En determinados casos se puede pedir una indemnización (si la extinción es por culpa del empresario sin que haya culpa por parte del trabajador).






➽ Desempleo: se pueden percibir prestaciones por desempleo siempre y cuando:
               ➼ Se produzca una situación de desempleo involuntario.
               ➼ Requiere aportar documento que acredite dicha situación.
               ➼ Haber cotizado a la seguridad social el tiempo necesario para poder recibir la                    prestación por desempleo.

         🔷 Tipos de prestaciones:
             
                   ◈ Contributivas (PARO) ⟹ Para tener derecho a cobrar paro se debe de haber cotizado como mínimo 1 año. Es importante saber que la duración máxima de paro es de 2 años independientemente del tiempo cotizado. Por tanto cada año cotizado proporciona el derecho a 4 meses de prestación por desempleo, hasta un máximo de 2 años. Otro aspecto a tener en cuenta es que la cuantía de dicha prestación será acorde a la cantidad económica de la base de cotización de los 6 últimos meses trabajados. Durante los 6 primeros meses de cobro de prestación, ésta se corresponderá con el 70% de la base reguladora, y a partir de los 6 meses en adelante ( a partir del día 181) se percibirá el 50%.
MUY IMPORTANTE: Cuando una persona está cobrando una prestación por desempleo debe de tener en cuenta que adquiere un compromiso con el SEPE (hacer cursos, acudir a entrevistas de orientación laboral, ... y sobre todo no se puede rechazar una oferta adecuada de empleo), ya que la ejecución de infracciones puede suponer el cese y pérdida de dichas prestaciones.



             










    ◈ No contributivas (ayuda familiar) ⟹ Para poder tener acceso a dicha ayuda serán necesario 4 requisitos:
                                 - Estar en situación de desempleo.
                                 - No cobrar prestaciones por desempleo.
                                 - Pertenecer a un programa de subsidios.
                                 - Disponer de escasos recursos económicos.


                 

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