Jueves,11 de Abril del 2019

En la última entrada antes de las vacaciones de Semana Santa comenzamos hablando de los Derechos derivados de la extinción del contrato de trabajo:

LIQUIDACIÓN ➝ Finiquito (a través de un recibo sencillo o de documentos más complejos). Se ha de tener muy claro el documento que se está firmando para evitar posibles situaciones inesperadas en un futuro. Nunca se debe firmar un folio en blanco.




Contenido de la liquidación:
*Salarios pendientes de pago hasta la fecha de extinción.
*Retribuciones extrasalariales pendientes de pago.
*Prorrata de pagas extraordinarias generadas hasta f. extinción.
*Prorrata de vacaciones no disfrutadas hasta f. extinción.
*Indemnización.
*Salarios de tramitación.

Si se firma la extinción del contrato de mutuo acuerdo se pierde el derecho a percibir la prestación por desempleo.

RECLAMAR FRENTE A LA EXTINCIÓN➝existe un plazo de 20 días desde la extinción del contrato para realizar cualquier reclamación frente al juzgado de lo social . Antes de llegar a juicio el Servicio de mediación, arbitraje y conciliación intentará que se llegue a un acuerdo entre ambas partes a través de un acto de conciliación.
Si no se consigue llegar a un acuerdo, en el juicio el juez dictará sentencia pudiendo darse 3 posibles resoluciones:
Procedente: bien hecho.

Improcedenteno hay causa suficiente para la extinción o no se han seguido los trámites necesarios.Por tanto,el empresario tendrá 2 posibles opciones:
        ➤Readmitir al trabajador.


   








   ➤Despido improcedente con indemnización de 33 días / año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades.














Si el trabajador afectado es representante de los trabajadores será dicho trabajador el que elija entre ambas opciones.

Nulo: en casos de discriminación o aquellos despidos que se lleven a cabo cuando el trabajador se encuentra en situación de conciliación de la vida familiar y laboral.
En esta resolución el empresario tendrá que readmitir al trabajador en la empresa.




















DESEMPLEO➝ Explicado en la entrada anterior.

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