Jueves, 14 de Febrero del 2019

En estas clases comenzamos abordando el mundo del Derecho Laboral o Derecho del trabajo, el cuál surge para proteger al trabajador y expresa las condiciones mínimas de trabajo que hay que respetar (aplicables a todos los trabajadores).


Como fuentes del derecho disponemos de :

  1. Estatuto de los trabajadores.
  2. Convenio colectivo.
  3. Contrato de trabajo particular.

Se crea el Estatuto de los Trabajadores para regular los Derechos y Deberes de los mismos en las relaciones laborales.
El principio de irrenunciabilidad de derechos del trabajador: representa una gran protección del trabajador ya que expone la imposibilidad de renunciar a los derechos del trabajador, aunque el propio trabajador desee renunciar a ellos.
Principio de norma mas favorable: en caso de contradicción se aplica la norma más favorable para el trabajador.

Características de la relación laboral:

  • Personal : Se contrata a una persona en concreto.
  • Voluntario : No es obligatorio.
  • Retribuido : Se recibe una remuneración.
  • Por cuenta ajena : No es una relación mercantil, no se da entre iguales.
  • Subordinada : Sujeto a una normas, un horario de trabajo, .... 
Existen relaciones laborales especiales, como la de los deportistas profesionales y otras excluidas de la relación laboral, como la de los funcionarios.
Otro concepto importante es el de Derecho a la Seguridad Social, que protege situaciones concretas que imposibilitan ejercer un trabajo remunerado ya sea de forma temporal o definitiva.
La negociación es importante para resolver conflictos, y mediante la consecución de un acuerdo a través de ella entre empresarios y trabajadores surgen los convenios colectivos. En los cuales, se reflejan los derechos y deberes de los trabajadores.




Aquí os dejo un enlace al Estatuto de los Trabajadores en el que podréis consultar posibles dudas que os surjan respecto a vuestros derechos y deberes como trabajadores.



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